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REAL DECRETO 437/2002, de 10 de mayo del 2002,
por el que se establecen los criterios para la concesión de licencias
de funcionamiento a los fabricantes de productos sanitarios a medida.
Resumen:
Requisitos
exigibles a los fabricantes de productos sanitarios a medida:
- Disponibilidad de una estructura organizativa capaz de garantizar
la calidad de los productos y la ejecución de los procedimientos
y controles procedentes.
- Disponibilidad de instalaciones, procedimientos, equipamientos y personal
adecuados según las actividades y los productos de que se trate,
...
- Disponibilidad de un responsable técnico, cuya titulación
acredite una cualificación adecuada en función de los
productos que tenga a su cargo, que ejercerá la supervisión
directa de la actividad realizada por la empresa, ...
- Disponibilidad de un sistema de archivo documental para almacenar
la documentación generada con cada producto fabricado y mantenimiento
de un registro de todos los productos dispuestos para su utilización
en el territorio nacional, ...
- Disponibilidad de una persona de contacto para actuaciones relacionadas
con el sistema de vigilancia, ...
- Disponibilidad de un procedimiento para aplicar las medidas de restricción
o seguimiento de la utilización de los productos que resulten
adecuadas, ...
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